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¿Debo pagar IVA sobre gastos e impuestos en el arrendamiento de un local de negocio?


El arrendamiento de un local de negocio es una operación común para muchos empresarios y autónomos en España. Sin embargo, en muchas ocasiones, los gastos e impuestos relacionados con el alquiler, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), pueden generar dudas, especialmente en lo relativo a la aplicación del IVA. En esta publicación, aclaramos las principales cuestiones sobre el tema.

El IVA en el arrendamiento de locales comerciales

De forma general, el alquiler de un local destinado a actividades empresariales o profesionales está sujeto al IVA. La normativa española establece que los arrendadores deben repercutir este impuesto en la factura que emiten a sus inquilinos, con un tipo general del 21%.

Es importante destacar que el arrendatario, siempre que sea empresario o profesional, puede deducirse el IVA soportado en sus declaraciones trimestrales si el local se destina exclusivamente a la actividad económica declarada.

¿Qué ocurre con el IVA en los gastos e impuestos asociados al alquiler?

Además del alquiler base, es habitual que el contrato contemple que el arrendatario debe asumir ciertos gastos e impuestos asociados al inmueble. Algunos de los más comunes son:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): Este impuesto grava la propiedad del inmueble y, aunque corresponde por ley al propietario, es frecuente que en los contratos de arrendamientos de locales comerciales se pacte que lo asuma el inquilino.
  • Gastos de comunidad: Son los relacionados con los servicios comunes del edificio. También corresponden al propietario, pero se pueden repercutir al inquilino.
  • Suministros: Como luz, agua, calefacción e internet, entre otros. Estos corresponden al inquilino.

En estos casos, surge la pregunta de si estos conceptos también están sujetos a IVA.

Aplicación del IVA según el concepto

En función del concepto, la respuesta que damos a esta pregunta es la siguiente:

1.- IBI y otros impuestos repercutidos: Si el arrendador traslada al arrendatario el pago del IBI u otros impuestos, el importe de estos debe incluirse en la base imponible del IVA del alquiler. Esto significa que, aunque el IBI en sí mismo no esté sujeto a IVA, al ser un gasto repercutido por el arrendador, se considera parte de la operación sujeta al impuesto.

2.- Gastos de comunidad: Al igual que el IBI, si el arrendador repercute al inquilino los gastos de comunidad, estos también se consideran parte de la base imponible del alquiler y están sujetos al IVA.

3.- Suministros: En el caso de los suministros, si el arrendador simplemente repercute los costes de los consumos realizados por el inquilino (por ejemplo, emitiendo una factura con los importes exactos de agua y luz), el IVA aplicable será el mismo que corresponde al servicio original facturado por la compañía suministradora.

Este criterio se puede comprobar en la Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V-2890-16, de 22/06/2016 y en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 26/11/2024.

¿Qué debe reflejar la factura del arrendador?

De acuerdo con lo expuesto, el arrendador debe emitir una factura detallada que incluya:

  • La renta base del alquiler.
  • Los gastos e impuestos repercutidos (IBI, comunidad, etc.).
  • El tipo de IVA aplicable (generalmente, el 21%) sobre el total de la base imponible.

Es importante que tanto arrendadores como arrendatarios revisen cuidadosamente los contratos de arrendamiento y las facturas para asegurarse de que estos conceptos están debidamente regulados y facturados.

Cómo actuar ante dudas

Las cuestiones relativas al IVA en el alquiler de locales pueden parecer confusas, pero es fundamental comprenderlas para evitar errores en la facturación o en las declaraciones fiscales. Si eres arrendador o arrendatario y tienes dudas sobre cómo aplicar el IVA en estos conceptos, lo más recomendable es consultar con un abogado especializado.

Somos abogados expertos en Derecho Inmobiliario

Esperamos que esta publicación te haya resultado útil. Si necesitas asesoramiento en materia de arrendamientos o cualquier otra cuestión legal relacionada con tu negocio, en AINOS estamos a tu disposición para ofrecerte el mejor servicio y la cercanía que nos caracteriza. No dudes en contactarnos para resolver tus dudas de manera eficaz.

Escrito por: AINOS ABOGADOS – Alejandro de Grado


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