
Comienza el verano y es momento de ponerse el bañador y tomar el sol. Muchos de nosotros esperamos con ganas este momento del año. Especialmente, hemos trabajado en el gimnasio o nos hemos hecho algún tratamiento para lucir mejor. En particular, cada vez es más común que nos hagamos tratamientos de láser para eliminar el vello de nuestras distintas partes del cuerpo.
Por mala suerte, en ciertas ocasiones, estos tratamientos no se llevan a cabo adecuadamente y pueden provocarnos quemaduras y otros daños en la piel. En esta publicación os explicamos que cuando esto sucede se tiene derecho a reclamar a la clínica que nos ha causado estos perjuicios.
Indemnización por quemaduras de láser
Cualquier persona que causa un daño a otro por haber incumplido sus deberes de diligencia, tiene la obligación de indemnizarla. En los casos de los tratamientos láser, uno acude a la clínica para que le eliminen el vello corporal y que el cuerpo luzca más estético.
De esta manera, si el tratamiento no se realiza correctamente por parte de la clínica y se causan quemaduras y heridas es posible solicitar una indemnización. A la hora de reclamar esta indemnización se deben de tener en cuenta una serie de cuestiones que os comentamos a continuación.
Responsabilidad de la clínica por quemaduras de láser y consentimiento informado
Cuando uno acude a una clínica de estética para realizarse un tratamiento de depilación láser, se firma un contrato de servicios y un consentimiento informado.
La clínica viene obligada a cumplir con el tratamiento tomando las medidas adecuadas para que el mismo se realice con garantías y evitando producir cualquier inconveniente el paciente/cliente.
Los tratamientos estéticos no están exentos de riesgos y, en ocasiones, vienen asociados con una serie de molestias que suelen ser simplemente temporales. Por esta razón, cuando uno se realiza un tratamiento estético se firma un consentimiento informado en donde acepta que de la operación que se le va a realizar está conforme con asumir los riesgos típicos relacionados con la misma. Por ejemplo, en relación con el láser, es normal sentir irritación y dolor durante unos días después del tratamiento.
Sin embargo, si la clínica causa al paciente unos perjuicios graves que no coinciden con los riesgos normales y asociados al tratamiento que se realiza, entonces ya no estaríamos dentro del consentimiento informado, sino que la clínica habría actuado con negligencia, pudiéndosele reclamar por ello.
Gravedad de las lesiones en quemaduras de láser
Como decimos, la gravedad de las lesiones va a determinar la línea entre lo que se considera negligencia y lo que está dentro de los riesgos propios del tratamiento.
Por ejemplo, en el caso del láser, si con el tratamiento se nos provocan quemaduras severas, que nos generan una costra importante o que incluso nos dejan cicatriz, estaremos hablando de un tratamiento mal aplicado y, por tanto, reclamable.
Pruebas necesarias para reclamar la indemnización
Como para reclamar en cualquier otro tipo de ámbito, es necesario contar con las pruebas necesarias para demostrar los perjuicios que se nos han causado. En las quemaduras por láser, van a ser especialmente relevantes las siguientes pruebas:
◥ Contrato y consentimiento informado firmados.
◥ Fotografías y vídeos de las zonas afectadas y su evolución.
◥ Partes médicos de urgencia y de seguimiento.
◥Justificantes de consultas y recibos de medicamentos para tratar los perjuicios.
Cuantía de la indemnización por quemaduras de láser
La indemnización por quemaduras de láser, como es lógico, variará en función de las lesiones: su gravedad, el tiempo que haya tardado en curar, la zona del cuerpo donde se hayan causado, etc. Cuanto más graves sean mayor será la indemnización.
En nuestra experiencia, la indemnización media suele encontrarse entre 3.000 y 12.000 euros.
Aparte de la indemnización por el perjuicio estético, podremos reclamar a la clínica el precio del tratamiento y los gastos incurridos para tratar los perjuicios.
Plazo para reclamar
Igual que en otros casos, es muy importante saber que existe un plazo para reclamar estos perjuicios por el láser. Este plazo es de 5 años desde que se realizó el tratamiento. Parece que es un plazo amplio, pero conviene no despistarse.
Abogado indemnización por quemadura láser
Esperamos que esta publicación os haya sido útil. Si necesitáis nuestra ayuda en esta materia o en una cuestión relacionada, en AINOS estaremos encantados de atenderos.
Escrito por: AINOS ABOGADOS – Alejandro de Grado
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