Por desgracia, no todos los matrimonios duran para siempre. En ocasiones, el amor se acaba y es necesario tomar caminos distintos, optándose por el divorcio.
Divorcio de mutuo acuerdo vs divorcio contencioso
El divorcio formaliza legalmente la ruptura de un matrimonio. Podemos distinguir entre un divorcio contencioso y un divorcio de mutuo acuerdo. En el primero, los miembros de la pareja están enfrentados y no se ponen de acuerdo, teniendo que decidir un juez por ellos cuáles van a ser las medidas que se van a establecer tras la ruptura. En el divorcio de mutuo acuerdo, los excónyuges son capaces de llegar a un entendimiento, decidiendo por sí solos qué es lo que va a ocurrir tras el divorcio.
Cuál es el proceso del divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo sigue normalmente los siguientes pasos:
- Negociación del convenio regulador.
- Firma del convenio regulador.
- Presentación del convenio regulador al juez o al notario.
- Aprobación definitiva del convenio regulador.
El divorcio de mutuo acuerdo y el convenio regulador
Es muy importante conocer que el divorcio de mutuo acuerdo gira en torno a un convenio regulador. Recibe este nombre el documento en el que se plasma el acuerdo alcanzado por ambos cónyuges para decidir qué va a ocurrir tras su ruptura con los aspectos personales y económicos de la pareja. En el convenio regulador, se van a determinar los siguientes aspectos:
- Patria potestad de los hijos menores
- Custodia de los hijos menores
- Régimen de visitas de los hijos menores para el progenitor no custodio
- Pensión de alimentos de los hijos
- Atribución del uso de la vivienda familiar a uno de los cónyuges y a los hijos
- Atribución del cuidado de los animales de compañía
- Pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges
- Liquidación del régimen económico matrimonial, con reparto de los bienes comunes
Medidas del divorcio de mutuo acuerdo
Os desarrollamos en qué consisten cada una de las medidas que se van a adoptar tras el divorcio:
1. La patria potestad
Este concepto hace referencia a la toma de decisiones sobre las cuestiones de gran relevancia en la vida de un hijo menor, como por ejemplo, el seguimiento de una educación pública o privada, el seguimiento de una determinada religión, la decisión sobre si realizar una intervención médica, etc. De ordinario, la patria potestad va a quedar atribuida a ambos progenitores.
2. La custodia
La custodia hace referencia al cuidado y atención ordinarios de un hijo. Es lo que determina con quién va a convivir el hijo. Puede ser monoparental o compartida. Cuando es monoparental, el progenitor que no tiene la custodia va a tener un régimen de visitas para pasar tiempo con el menor. Este suele consistir en una serie de visitas de unas horas entre semana y pasar fines de semana alternos con el hijo.
3. La pensión de alimentos
En relación con la pensión de alimentos, se trata del pago mensual que va a tener que realizar el cónyuge que no tiene la custodia de los hijos al progenitor custodio. Consiste en unos pagos que van destinados a la manutención de los hijos y cubren las necesidades de vivienda, alimentación, salud, educación, etc.
4. El uso de la vivienda familiar
Asimismo, como otra medida que se puede acordar en el convenio regulador es la atribución del uso de la vivienda familiar al cónyuge en cuya compañía quedan los hijos. Esto permite al progenitor custodio mantenerse viviendo en la casa en la que había habitado la familia antes de la ruptura.
5. La pensión compensatoria
Por otro lado, la pensión compensatoria es un pago que normalmente es mensual y que se realiza durante más o menos tiempo según las circunstancias, en favor del cónyuge que queda perjudicado a nivel económico tras la ruptura.
6. El cuidado de animales de compañía
En el divorcio también se puede acordar quién se va quedar en compañía de las mascotas de la familia, en qué medida se va a hacer frente a los gastos de su manutención y qué facultades de visita va a tener el miembro de la pareja que no se queda con la mascota.
7. La liquidación del régimen económico
Por su parte, como decíamos, también es posible que en el documento del convenio regulador los cónyuges decidan ya repartir los bienes que habían acumulado durante el matrimonio (por ejemplo, la casa y los coches).
La firma del convenio regulador
Una vez que los cónyuges han negociado estos aspectos y han llegado a un acuerdo lo plasman en el convenio regulador, firmándolo en conformidad.
Si existen hijos menores de edad, el convenio regulador debe presentarse ante el Juzgado competente para que lleve a cabo una comprobación de las medidas establecidas, garantizando que las mismas no afectan negativamente a los hijos. Después de realizada esta comprobación, el Juzgado emitirá una sentencia declarando definitivamente el divorcio.
Si no existen hijos menores de edad, el convenio regulador puede presentarse ante un notario, en vez de ante el Juzgado. Esta manera de formalizar el convenio regulador suele ser más rápida y menos costosa, por lo que se recomienda para estos casos. Igualmente, cuando el notario expide la escritura pública reconociendo el divorcio, el mismo queda definitivamente formalizado.
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Escrito por: AINOS ABOGADOS – Alejandro de Grado
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