Defecto en las baterías de los Jaguar I-PACE. JLR contacta en España a los propietarios.

Jaguar Land Rover comunicó a nuestro cliente que su vehículo eléctrico Jaguar I-PACE está afectado por un defecto de fabricación en relación con su batería de alta tensión que hace que la misma no sea segura, al poder experimentar «sobrecarga térmica«.

La notificación de Jaguar Land Rover del defecto en las baterías

La notificación recibida por nuestro cliente en marzo de este año 2026 tiene un contenido que pone en evidencia la existencia de un grave defecto en su Jaguar I-PACE. La carta pone de manifiesto de manera explícita que:

  • JLR en sus controles rutinarios de calidad de sus vehículos comercializados ha detectado una anomalía que puede afectar a la «seguridad vial«.
  • La carta vincula este problema con las baterías de alta tensión del vehículo y la posibilidad de que las mismas pueden experimentar sobrecargas térmicas.
  • De manera muy expresiva, se reconoce por JLR que esto puede manifestarse en forma de «humo o fuego«.
  • Se indica en la carta que existe un riesgo cierto de sobrecalentamiento.
  • En la notificación, se dan instrucciones para mitigar los potenciales problemas del defecto identificado.
  • Se comunica que se debe acudir con el vehículo a un concesionario Jaguar Land Rover para que se le aplique una actualización al software del automóvil que limite su carga máxima.
  • Se recomienda que el vehículo no se cargue más del 90%, «aparcar lejos de estructuras» y «realizar las cargas en exteriores«.

El defecto existente en las baterías de los Jaguar I-PACE

Jaguar Land Rover pone de manifiesto en la carta recibida por nuestro cliente que no cuenta en la actualidad con una solución permanente para este problema. Solo se ha implementado una actualización de software que controle la carga de la batería y se han dado instrucciones de seguridad.

La solución propuesta por Jaguar Land Rover

Ante la existencia de este defecto, estamos trabajando para que el cliente pueda verse resarcido por esta situación y por la constatación de un defecto de fábrica de esta gravedad en su vehículo.

La valoración de cómo actuar legalmente en esta situación

En nuestro país, la legislación ofrece recursos legales para actuar por parte de los consumidores que se ven afectados por estas circunstancias en donde el vehículo que compran tiene un defecto de fábrica.

Aquí es necesario estudiar caso por caso. Hay variedad de supuestos: ser el coche nuevo o de segunda mano, haberlo adquirido en un concesionario oficial o no, haber transcurrido un cierto tiempo desde su adquisición o haberlo adquirido recientemente, entre otros.

En última instancia, el objetivo será el obtener un resarcimiento económico por el defecto de fábrica que ha aparecido en el vehículo, ya sea con la sustitución por otro vehículo, con el reintegro del precio pagado o con el abono de una indemnización de daños y perjuicios.

Cómo reclamar por el defecto de la batería del Jaguar I-PACE

Para reclamar, el procedimiento a seguir que recomendamos en nuestro Despacho es:

  • Llevar el caso a un abogado especializado en vehículos para que revise la situación y verifique la viabilidad de la reclamación.
  • Preparar y enviar una reclamación formal por el defecto de fábrica.
  • Negociar y entablar conversaciones para obtener una compensación por vía extrajudicial.
  • Si no es posible alcanzar un acuerdo, valorar la interposición de una demanda en los tribunales, para conseguir en la justicia el resarcimiento de los derechos.

Es importante seguir una metodología y una estrategia en la reclamación. En este tipo de situaciones, puede ocurrir que la marca haga firmar documentos o aceptar acuerdos que puedan ofrecer soluciones en peores condiciones que las que corresponderían aplicando rigurosamente la ley.

Qué documentos reunir para realizar la reclamación

Para poder efectuar correctamente la reclamación es necesario reunir la información y documentación relativa al caso. Entre ella, la más importante será:

  • Ficha técnica del vehículo
  • Permiso de circulación del vehículo
  • Factura / Contrato de compraventa
  • Cartas o comunicaciones que se haya podido recibir del fabricante en relación con el defecto
  • Documentación de algún evento o incidencia con la batería

Legislación aplicable en España

La Ley de Consumidores, en sus artículos 114 y siguientes, regula la garantía legal de los productos en casos de falta de conformidad y defectos de los mismos. En particular, en el artículo 125, se reglamenta la responsabilidad del productor/fabricante de los productos.

Por su parte, el Código Civil contiene en los artículos 1101 y 1124 la normativa general en materia de incumplimiento de contratos y de indemnización de daños y perjuicios.

En esta materia, es también muy importante reseñar la jurisprudencia del Tribunal Supremo que se sentó en el caso Dieselgate.

Concretamente la Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo nº 167/2020, de 11 de marzo de 2020 (rec. 4479/2017). La cual dice lo siguiente sobre los fabricantes de vehículos:

«Por ello, el fabricante del automóvil tiene frente al adquirente final la responsabilidad derivada de que el bien puesto en el mercado no reúne las características técnicas anunciadas por el fabricante. Esta responsabilidad es solidaria con la responsabilidad del vendedor, sin perjuicio de las acciones que posteriormente este pueda dirigir contra aquel. Y, consecuentemente, procede reconocer al fabricante del vehículo la legitimación pasiva para soportar la acción de exigencia de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento contractual consistente en que el vehículo adquirido por la compradora final demandante no reunía las características, en cuanto a emisiones contaminantes, con las que fue ofertado«.

Si eres afectado de Jaguar Land Rover, puedes contactar

Si te ha llegado una carta como la que hemos comentado en la publicación o te encuentras en una situación similar, puedes contactar con nosotros. Cuantas más personas afectadas agrupemos, con mayor fuerza podremos encontrar soluciones.

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