+ 34 621 35 76 24  |  contacto@ainosabogados.es

¿Se puede hacer un testamento de tu puño y letra?


Cuando uno piensa en hacer testamento para el caso de que fallezca, lo primero que se viene a la cabeza es que es necesario acudir a un notario para realizar este trámite. Es cierto que el testamento notarial es el más común. Sin embargo, nuestra legislación prevé otras formas de dejar manifestada nuestra última voluntad.

Testamento de puño y letra: testamento ológrafo

Una de ellas, que sorprende a los clientes cuando la explicamos, es la posibilidad de redactar de tu puño y letra el testamento. El nombre técnico de esta forma de testar es la de testamento ológrafo. Para que un testamento de este tipo tenga validez legal deben de cumplirse con una serie de requisitos.

Requisitos del testamento ológrafo

Primero y más importante, se debe ser mayor de edad y el testamento debe estar escrito por completo por la persona que está manifestando su última voluntad. Asimismo, es necesario que el testador firme el testamento, indicando al hacerlo el día, mes y año en que lo hace.

Las tachaduras, enmiendas o palabras entre renglones no se considerarán válidas y se tendrán por no puestas, a no ser que el propio testador, con su firma, las haga válidas y las salve.

Otro requisito importante es que el testamento ológrafo debe de llevarse al notario para que compruebe su autenticidad y lo oficialice. Esto debe hacerse en el plazo de cinco años desde el fallecimiento del testador.

Obligación de llevar el testamento ológrafo al notario

Para asegurar que el testamento ológrafo sea conocido por las personas que pudieran tener derecho a la herencia, la ley establece una obligación de que cualquier persona que tenga en su poder un testamento de estas características debe de entregárselo a un notario en el plazo de diez días desde que conociese el fallecimiento del testador. Si no se cumple con esta obligación, la ley impone al poseedor del testamento la sanción de indemnizar los daños y perjuicios que el esconder el testamento pueda causar a los interesados.

Caso real: el testamento escrito a máquina no es un testamento ológrafo

Para haceros ver la importancia de todas estas formalidades, os ponemos el ejemplo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 4 de mayo de 2023, en la que se discutía si un testamento que estaba redactado a máquina y que había sido firmado por el testador podía considerarse testamento ológrafo y ser válido legalmente. El tribunal decidió que la ley exige que el testamento ológrafo esté escrito enteramente de puño y letra del testador, por tanto, un testamento hecho a máquina, no puede ser válido. Os dejamos a continuación las palabras del tribunal:

«En particular el artículo 678 dice que se llama ológrafo el testamento cuando el testador lo escribe por sí mismo en la forma y con los requisitos que se determinan en el artículo 688. El artículo 688 dispone que para que sea válido el testamento ológrafo deberá estar escrito todo él y firmado por el testador, con expresión del año, mes y día en que se otorgue. La autografía debe ser total, de manera que el documento debe aparecer manuscrito, es decir, escrito de puño y letra por el testador y además debe protocolizarse (arts. 689 a 693 Código Civil), presentándolo en los cinco años siguientes al fallecimiento del testador ante Notario.

En el presente caso, el documento está escrito a máquina, por más que aparezca firmado, por ello, como se hizo ver en la sentencia recurrida no puede ser considerado testamento ológrafo«.

Es decir, podemos hacer un testamento con papel y boli. Sin embargo, deberemos de estar seguros de que cumplimos con los requisitos legales para garantizar que el testamento tenga validez y nuestra herencia se reparta como habíamos previsto.

¡Estamos para ayudarte!

Si necesitáis ayuda con este tema o alguna cuestión relacionada, podéis contar con nosotros en AINOS. Estaremos encantados de echaros una mano.

Escrito por: AINOS ABOGADOS – Alejandro de Grado


Con ganas de ayudarte


Si lo prefieres,

también te atendemos:

Whatsapp: +34 621 35 76 24

Teléfono: +34 621 35 76 24

Correo: contacto@ainosabogados.es

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *