+ 34 621 35 76 24  |  contacto@ainosabogados.es

Reclamación reparación de vehículo considerado siniestro total


En esta publicación comentamos el caso de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 31 de mayo de 2024. En este litigio, un particular demandaba a una aseguradora porque decidió reparar el vehículo que le habían dado siniestro total y, en consecuencia, exigir la compensación del dinero invertido en la reparación.

Resumen de los hechos del caso

Juan se encontraba circulando por una vía que se incorporaba a la AP1, en la localidad de Gamarra. Estando detenido ante la señal de un stop, fue violentamente colisionado en su parte trasera por el vehículo asegurado por la compañía demandada AXA.

La aseguradora de Juan había declarado el vehículo siniestro total, indemnizándole en la cantidad de 1.363,42 €.

No obstante, debido al perfecto estado en que se encontraba su vehículo, decidió reparar el mismo, importando la reparación la cantidad de 3.605,80 €.

Este el importe que reclama en la demanda frente a la aseguradora contraria AXA.

Resolución de la Audiencia Provincial

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid decide no dar la razón a Juan y desestimar su demanda frente a AXA. Los argumentos en que la Audiencia basa su decisión son los siguientes:

1.- Existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que el perjudicado por el accidente de tráfico tiene de ordinario un derecho de elección sobre si quiere que se le repare el vehículo siniestrado o se le conceda una indemnización económica; pero que este derecho encuentra su límite cuando el coste de la reparación sea desproporcionado y exija al causante del daño un sacrificio desmedido o un esfuerzo no razonable.

2.- En el caso en cuestión, dice la Audiencia, la reparación del vehículo ascendió a 3.605,80 €, y la aseguradora del demandante estableció en 1.363,42 € el valor venal del automóvil, ya que este es el importe que recibió el demandante cuando su vehículo fue declarado siniestro total.

3.- En consecuencia, como en este caso el importe de la reparación supera claramente el doble del valor venal y casi lo triplica, el hacer correr a la aseguradora del causante de los daños con el coste de la reparación supone un sacrificio exagerado que no se encuentra amparado por la ley.

¡Estamos para ayudarte!

Esperamos que esta publicación os haya sido útil. Si necesitáis nuestra ayuda en esta materia o en una cuestión relacionada, en AINOS estaremos encantados de atenderos con la profesionalidad y cercanía que nos caracterizan.

Escrito por: AINOS ABOGADOS – Alejandro de Grado


Con ganas de ayudarte


Si lo prefieres,

también te atendemos:

Whatsapp: +34 621 35 76 24

Teléfono: +34 621 35 76 24

Correo: contacto@ainosabogados.es

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *