+ 34 621 35 76 24  |  contacto@ainosabogados.es

¿Puede reclamar la comunidad lo que se debe por el piso a un solo copropietario?


Como hemos explicado en otras ocasiones, los bienes inmuebles se pueden tener en copropiedad, lo que significa que un mismo inmueble pertenece a la vez a varias personas.

La regla general en estos casos es que los derechos y las obligaciones se ejercitan y se asumen por cada copropietario en función del porcentaje de propiedad que se tenga sobre el inmueble.

Todos sabemos que una de las obligaciones relacionadas con la propiedad, por ejemplo, de un piso, es el pago de las cuotas ordinarias y las derramas de la comunidad de propietarios.

Ejemplo de copropiedad

Imaginemos que por herencia cuatro hermanos han recibido un piso, que queda repartido en partes iguales al 25%. Conforme con este reparto, cada hermano debería de pagar el 25% de las cuotas de la comunidad y las derramas. Sin embargo, ¿qué ocurre si uno de los hermanos no paga? ¿Qué puede hacer la comunidad de propietarios?

Las deudas de la comunidad de propietarios se pueden reclamar a cualquier copropietario

Pues bien, en estas situaciones conviene saber que la comunidad de propietarios podrá reclamar la totalidad de las cantidades adeudadas a cualquiera de los hermanos de nuestro ejemplo.

Esto se debe a que las deudas de la comunidad de propietarios tienen la consideración de solidarias, lo que significa que a cualquiera de las personas que deben el dinero se les puede reclamar la cantidad en su totalidad, aunque luego entre ellas puedan rendirse cuentas.

Sentencia de ejemplo

Un ejemplo de lo anterior se encuentra en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 24 de noviembre de 2020 que dice:

«Los copropietarios de viviendas están obligados de forma solidaria al pago de los gastos de comunidad en régimen de propiedad horizontal».

En definitiva, conviene tener presente que si uno de los copropietarios deja de pagar la parte de la cuota de comunidad o de las derramas que le corresponde puede ocurrir que la comunidad de propietarios reclame la totalidad de lo adeudado al resto de copropietarios del inmueble.

No obstante, si un copropietario se ve obligado a pagar su parte y además la de otro copropietario incumplidor, el copropietario que ha pagado de más podrá reclamar al otro ese dinero adicional con intereses.

¡Estamos para ayudarte!

Si necesitáis ayuda con este tema o alguna cuestión relacionada, podéis contar con nosotros en AINOS. Estaremos encantados de echaros una mano.

Escrito por: AINOS ABOGADOS – Alejandro de Grado


Con ganas de ayudarte


Si lo prefieres,

también te atendemos:

Whatsapp: +34 621 35 76 24

Teléfono: +34 621 35 76 24

Correo: contacto@ainosabogados.es

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *