La anulación de un contrato por haberse pactado un precio muy bajo

¿Son válidos los contratos que se celebran por un precio muy por debajo del normal de mercado? ¿Si lo hemos firmado podemos después discutirlo? Bajo ciertas circunstancias, es posible anular un contrato que se firmó por un precio irrisorio. En esta publicación tratamos los aspectos más relevantes de esta cuestión, analizando cuándo y por qué razones es posible anular un contrato por precio muy bajo.

El principio general: la libertad de pactos y la obligatoriedad de lo acordado

En relación con la posibilidad anular un contrato por haberse pactado un precio irrisorio, debemos tener en cuenta dos principios generales del derecho de contratos español. Estos son la libertad de pactos y la obligatoriedad de lo acordado.

Libertad de pactos: en principio, en derecho español las partes pueden reconocerse los derechos y obligaciones que consideren oportunos en sus contratos. Solo es necesario que el contrato respete tres límites: las prohibiciones de la ley, lo considerado inmoral y lo contrario al orden publico.

Obligatoriedad de lo pactado: una vez que firmamos un contrato, debemos de cumplir con lo que se ha acordado. Una de las partes no puede decidir por sí sola su desvinculación del contrato. Solo es posible dejar de cumplir un contrato por las circunstancias que prevé la ley.

La anulación de un contrato por haberse pactado un precio muy bajo

De acuerdo con los dos principios anteriores, podemos ver como la pretensión de anular un contrato por haberse acordado un precio muy bajo supone una excepción a los mismos. Esto sucede porque si somos libres de contratar y de elegir lo que pactamos, debiendo después cumplir con lo pactado, no podemos caprichosamente después decir que por haber acordado un precio muy bajo debe anularse el contrato.

De esta manera, para poderse anular un contrato por haberse determinado un precio bajo no basta con que solamente se aprecie este hecho. Es necesario que ello aparezca en conjunto con otra serie de serie de circunstancias.

Criterios y requisitos para que se puede anular un contrato por precio irrisorio

Para determinar si procede la anulación de un contrato por haberse pactado un precio muy bajo, los tribunales españoles consideran diversos factores, entre los que se incluyen:

  1. Valor real del bien o servicio: Se examina el valor real del bien o servicio objeto del contrato, utilizando métodos de valoración adecuados al caso concreto.
  2. Circunstancias de las partes: Se analiza la situación económica y las circunstancias particulares de las partes en el momento de la celebración del contrato, así como su experiencia y conocimientos en la materia objeto del contrato.
  3. Intención de perjudicar: Se evalúa si una de las partes ha actuado de manera dolosa o abusiva, aprovechándose de la situación de la otra parte para imponer un precio desproporcionadamente bajo.
  4. Existencia de error o vicio en el consentimiento: Se verifica si alguna de las partes ha sido inducida a error o ha sufrido algún vicio en su consentimiento que haya afectado a la fijación del precio.
  5. Consecuencias para el equilibrio contractual: Se estudia el impacto que tendría mantener el contrato en sus condiciones originales en términos de equilibrio entre las prestaciones de las partes.

Base legal y jurisprudencial

El Código Civil español establece en su artículo 1261 que «los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez». Entre estas condiciones esenciales se encuentra el precio, que debe ser determinado o determinable según lo dispuesto en el artículo 1258 del mismo código. Esto implica que el precio debe ser real y justo, y no puede ser establecido de manera caprichosa o arbitraria.

La jurisprudencia española ha desarrollado el principio de la causa como uno de los elementos esenciales del contrato. La causa se refiere al motivo o razón que induce a las partes a celebrar el contrato, y debe ser lícita, real y determinada. En el caso de contratos con un precio muy bajo, se cuestiona la existencia de una causa real y lícita que justifique la celebración del contrato en esas condiciones.

En este sentido, el Tribunal Supremo español ha establecido en numerosas sentencias que la fijación de un precio notablemente inferior al valor real de un bien o servicio puede ser indicio de ausencia de causa o de lesión de derechos de una de las partes. La lesión se produce cuando una de las partes obtiene un beneficio desproporcionado en detrimento de la otra parte, lo cual puede dar lugar a la anulación del contrato.

Implicaciones prácticas

Consecuencias y efectos de la anulación del contrato

La anulación trae consigo una serie de efectos que debemos de tener muy en cuenta.

1. Finalización de la relación contractual

El primero y más importante es que la declaración de nulidad va a suponer el fin de la relación contractual, de tal forma que las partes van a dejar de estar obligadas a cumplir con lo pactado. Es decir, con la anulación del contrato, el contrato deja de existir.

2. Restitución de prestaciones

Si un contrato es declarado nulo por haber concurrido amenazas, ambas partes deberán de devolverse aquello que entregaron recíprocamente a la otra. Esto se lleva a cabo para deshacer los efectos que ha tenido el contrato nulo.

3. Indemnización de daños y perjuicios

Como la parte que amenaza ha incurrido en una infracción deberá de indemnizar los daños y perjuicios que esto le haya causado a la parte contratante que sufrió la amenaza.

La anulación de un contrato por haberse pactado un precio muy bajo puede tener diversas implicaciones prácticas, tanto para las partes involucradas como para terceros afectados. Entre las principales consecuencias se encuentran:

  1. Restitución de las prestaciones: En caso de que el contrato sea anulado, las partes deben restituirse mutuamente las prestaciones recibidas. Esto puede implicar la devolución del bien o servicio objeto del contrato, así como la restitución de cualquier pago realizado.
  2. Reparación del daño: La parte perjudicada por la celebración del contrato puede tener derecho a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la anulación del contrato.
  3. Responsabilidad civil: En determinados casos, la parte que haya actuado de manera dolosa o abusiva puede ser declarada responsable civilmente y estar obligada a indemnizar a la parte perjudicada por los daños y perjuicios causados.
  4. Efectos sobre terceros: La anulación del contrato puede afectar a terceros que hayan adquirido derechos sobre el bien o servicio objeto del contrato de buena fe. En estos casos, los tribunales pueden adoptar medidas para proteger los derechos de los terceros afectados.

En conclusión, la fijación de un precio muy bajo en un contrato puede dar lugar a la anulación del mismo si se considera que dicha fijación carece de causa o causa lesión a los derechos de una de las partes. Los tribunales españoles analizan cada caso concreto teniendo en cuenta diversos criterios para determinar si procede la anulación del contrato y cuáles son las consecuencias prácticas de dicha anulación. Es fundamental que las partes en un contrato sean conscientes de la importancia de fijar un precio justo y realista para evitar futuros conflictos legales.

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Escrito por: AINOS ABOGADOS – Alejandro de Grado

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