+ 34 621 35 76 24  |  contacto@ainosabogados.es

He pagado algo por otro y no me lo devuelve (el derecho de repetición)


¿Qué ocurre si he pagado una deuda a favor de otra persona? ¿Tengo derecho a que el que tenía que hacer el pago me reembolse a mí la cantidad que pagué? El derecho civil reconoce el derecho de repetición que es la facultad de exigir que se nos devuelva lo que pagamos por otros sin ser nosotros el responsable de la deuda. En esta publicación os contamos en términos sencillos lo que tenéis que saber de este derecho.

Qué es el derecho de repetición

El derecho de repetición es la facultad que tiene una persona que ha satisfecho una deuda en nombre de otra de exigirle al favorecido lo pagado.

En otras palabras, este derecho va a permitir que si hemos saldado la deuda de alguien, vamos a tener un derecho a que esa persona nos reembolse lo que hemos pagado por ella.

De esta manera, el derecho de repetición implica la posibilidad de recuperar lo pagado por la responsabilidad que, en principio, no corresponde al que ha tenido que afrontar el pago.

Dónde se regula el derecho de repetición

De manera general, el derecho de repetición se reconoce en el artículo 1158 del Código Civil, que dice lo siguiente:

«El que pagare por cuenta de otro podrá reclamar del deudor lo que hubiese pagado».

Sin embargo, la ley también prevé otros supuestos específicos en donde existe un derecho de repetición. Algunos ejemplos son:

Contrato de seguro: en determinadas ocasiones, la aseguradora que ha cubierto un daño a un tercero va a poder ejercer un derecho de repetición frente a su asegurado (p. ej. en caso de dolo del asegurado).

Responsabilidad por hecho ajeno: la ley en algunas ocasiones obliga a responder a varias personas por un daño. Sin embargo, luego deja que entre ellas reclamen al verdadero causante. Por ejemplo, cuando un trabajador de una empresa causa un daño, el empresario también responde frente al perjudicado. Sin embargo, después el empresario va a poder repetir contra el trabajador.

Relaciones de garantía: cuando se asegura una deuda con un aval o con un fiador, el avalista que ha pagado la deuda por el deudor principal va a poder repetir contra el mismo si tiene que satisfacer la deuda.

Responsabilidad solidaria: las deudas solidarias implican que todos los deudores pueden ser reclamados la totalidad de la deuda. Si uno de ello paga lo de los demás, tendrá un derecho de repetición frente al resto.

He pagado algo por otro y no me lo devuelve. ¿Qué hago?

Como acabamos de decir, si hemos hecho un pago que correspondía a otra persona, tenemos derecho a solicitar que nos lo devuelva.

Como hemos explicado otras veces, para ejercitar nuestros derechos lo primero que tenemos que hacer es intentar acordar amistosamente con la persona que nos debe que se nos pague. Para ello, le dirigiremos una reclamación extrajudicial solicitándole el pago.

Si a pesar de los intentos de llegar a un acuerdo esto no es posible, deberemos de presentar una demanda ante los tribunales para que sea reconocido nuestro derecho y la otra persona sea condenada a reembolsarnos lo que pagamos.

Para tener derecho al reembolso ¿es necesario que el deudor conociese que estaba pagando por él?

Para ser titulares del derecho de repetición del que estamos hablando no es necesario que el deudor conociese que íbamos a pagar por él.

Para tener derecho al reembolso ¿es necesario que el deudor estuviese de acuerdo en que pagara por él?

De nuevo, para tener la facultad de solicitar el reembolso no se requiere que el deudor estuviese de acuerdo en que liquidáramos la deuda por él. Incluso en los casos en que el deudor fuese contrario al pago tendremos nuestro derecho de repetición.

Ejemplo de derecho de repetición

Os ponemos un ejemplo de derecho de repetición. Pongamos por caso que tú y tu novio/a decidisteis comprar juntos un coche mediante un préstamo de 15.000 euros, comprometiéndoos cada uno a pagar la mitad del préstamo. Sin embargo, tu pareja pierde su trabajo y no puede contribuir con su parte del pago mensual, dejándote asumir la totalidad del pago varios meses ascendiendo lo que has pagado tú solo a 3.000 euros.

Ante esta situación, de esos 3.000 euros que has pagado tú, podrías reclamar a tu pareja su mitad, que equivale a 1.500 euros, utilizando tu derecho de repetición. Este derecho te va a permitir recuperar la igualdad en los pagos del préstamo del coche, ya que, aunque inicialmente se acordó compartir la responsabilidad por igual, tú asumiste un exceso de pagos debido a las dificultades financieras de tu pareja.

¡Estamos para ayudarte!

Esperamos haberos ayudado con esta publicación. Si necesitáis nuestra ayuda en esta materia o en una cuestión relacionada, en AINOS estaremos encantados de atenderos.

Escrito por: AINOS ABOGADOS – Alejandro de Grado


Con ganas de ayudarte


Si lo prefieres,

también te atendemos:

Whatsapp: +34 621 35 76 24

Teléfono: +34 621 35 76 24

Correo: contacto@ainosabogados.es

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *