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Derecho de retracto en la venta de un crédito litigioso


Debemos saber que cuando se tiene derecho a cobrar una determinada cantidad de dinero de una persona, se puede decidir transmitir ese derecho a un tercero, a cambio de un precio. Igual que compramos y vendemos bienes como casas o coches, también se pueden comprar y vender derechos de crédito.

Qué es la cesión de un crédito

A través del negocio de la venta o cesión de un crédito una persona que es titular de un crédito (cedente) decide transmitir su derecho a un tercero (cesionario) pudiendo a partir de ese momento este último ser el que cobre la deuda del deudor.

Normalmente, con este negocio el cedente lo que pretende es obtener el dinero de su crédito de manera más rápida y ágil; y, a cambio, el cesionario adquiere con un descuento el derecho de cobrar, sacando así un margen.

En estas operaciones, debemos ser conscientes del posible derecho de retracto que puede tener el deudor cuyo crédito se está cediendo.

Qué es un crédito litigioso

Para conocer en qué condiciones puede surgir este derecho tenemos que explicar el concepto de «crédito litigioso«.

El crédito litigioso es aquel que está siendo objeto de un procedimiento judicial en donde se está cuestionando su existencia. Es decir, si hay un proceso judicial abierto en donde el deudor discute que le debe dinero al acreedor que le está reclamando, nos encontramos ante un crédito litigioso.

El derecho de retracto en la cesión de un crédito litigioso

Pues bien, la ley establece que cuando nos encontremos ante un crédito litigioso, el deudor del crédito podrá ejercer un derecho de retracto.

El derecho de retracto consiste en la posibilidad del deudor de pagar al acreedor la cantidad que le ha pagado el comprador del crédito y de esta forma dar por cancelada la deuda.

Pongamos un ejemplo. Imaginemos que B debe a A la cantidad de 1.000 €. A ha demandado a B para reclamarle este dinero. Mientras se está tramitando el proceso judicial, A decide que no quiere esperar a ver lo que sucede con el crédito y prefiere vender su derecho a C por 500 €, para que pagando ese precio sea él quien continúe el procedimiento y se arriesgue a obtener los 1.000 € de B. Pues bien, aquí el deudor B, va a poder pagar a A los 500 € y cancelar su deuda.

Así, vemos que para el deudor el derecho de retracto puede ser una muy buena alternativa para liberarse de su deuda.

Plazo para el ejercicio del retracto

También es importante saber que el derecho de retracto debe ejercitarse en un determinado plazo, que es de nueve días desde que el nuevo acreedor (cesionario) le reclama la deuda al deudor. Es decir, mientras el nuevo acreedor no comunique al deudor que se ha producido la compra del crédito, no empezará a correr el plazo.

¡Estamos para ayudarte!

Esperamos haberos ayudado con esta publicación. Si necesitáis nuestra ayuda en esta materia o en una cuestión relacionada, en AINOS estaremos encantados de atenderos.

Escrito por: AINOS ABOGADOS – Alejandro de Grado


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