La cliente acudió al despacho con motivo de la ruptura de una relación de pareja de hecho de larga duración, de la que habían nacido dos hijos menores de edad. Ambas partes coincidían en la voluntad de establecer un régimen de custodia compartida, contando cada una con dirección letrada independiente. El principal punto de conflicto se centró en la atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, arrendada, así como en la distribución de los gastos ordinarios y extraordinarios de los menores.

Tras un proceso de negociación entre las partes, se alcanzó un acuerdo mediante concesiones recíprocas, permitiendo que el padre continuase en el uso de la vivienda familiar y asumiendo éste un mayor porcentaje de contribución a los gastos de los hijos, logrando así una solución equilibrada y satisfactoria para ambas partes.

Mayo 2025

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